sábado, 30 de abril de 2011

¿Es esto Racional o Radical? La Ley Lleras al Estrado

Mi amigo Iván Vargas, miembro fundador de la Asociación Colombiana de Derecho de Daños (ACDD), me concedió un espacio en la Revista Colombiana de Derecho de Daños cuya primera edición salió se publicó ayer.


Mi columna, titulada ¿Es esto Racional o Radical? La Ley Lleras al Estrado, ya se puede leer:

Quisiera agradecer al Dr. Iván Vargas Cháves y a los demás miembros de la Asociación Colombiana de Derecho de Daños por abrirme las puertas en este prometedor espacio y brindarme la oportunidad de expresar algunas ideas que me asaltan de vez en cuando.

Antes de empezar me gustaría aclarar que aunque pertenezco a la plataforma Redpatodos, este artículo está hecho a título personal y no representa la postura de Redpatodos ni ninguno otro de sus miembros.

Actualmente en el congreso cursa trámite un proyecto de ley que busca garantizar la efectiva protección de los derechos de autor, proyecto conocido como Ley Lleras.

En contra de la ley y de parte de su articulado nos encontramos muchas personas por distintos motivos y con distintas concepciones, así que me parece justo exponer las razones por las que yo me opongo.

Soy lo que algunos llamarían extremista o radical. La verdad es que me gustaría exponer mis argumentos y que cada quien juzgue si en tengo razón o por el contrario, debería programar unas cuantas visitas con el terapeuta.

A mi juicio, este proyecto de ley no es el problema sino un síntoma del mismo. El problema tiene unas profundas raíces que se remontan casi hasta la creación de la imprenta por parte de Gutenberg.

Así que, ¿en dónde nace realmente el problema?

Considero que nace con la concepción misma de la propiedad intelectual y los derechos de autor. Son nombres tendenciosos, que nos conducen a engaño. Desde el principio están mal. Fueron pésimamente bautizados.

Supongo que nadie objetará la premisa básica de que las ideas pertenecen al mundo del sentido. Por esta razón, es un error conceptual afirmar que una idea es mía o tuya o de alguien más. Las ideas no le pertenecen a nadie. Son como la Luna, o mejor dicho, Marte: no tienen dueño.

No parece descabellado, entonces, que corolario del anterior orden de ideas resulte que no puede existir tal cosa como la "propiedad intelectual". Es una contradicción de los términos, un oxímoron.

A pesar de esto se nos dice con frecuencia que de no ser por estos incentivos –los réditos de la "propiedad intelectual"-, las compañías farmacéuticas no desarrollarían nuevos medicamentos para conseguir nuevos y mejores tratamientos.

No pretendo ni me interesa hacer apología del naturismo o condenar a las empresas farmacéuticas ni mucho menos caer en la irresponsabilidad de promover las pseudomedicinas, que no han superado exámenes de doble y triple ciego, sin embargo vale la pena preguntarse: ¿le están dando un uso adecuado esas compañías farmacéuticas a los incentivos? Porque de nada nos sirve que desarrollen medicinas contra lo divino y lo humano si sólo podrán acceder a ellas quienes tengan el nivel adquisitivo adecuado. Y, puede que me equivoque, pero me parece que una persona enferma no se encuentra en capacidad de costear medicamentos a los que ni siquiera podría acceder si trabajara y estuviera en plena forma. Eso, por no mencionar la abusiva práctica de modificar levemente las fórmulas en vísperas del vencimiento de las patentes, para renovarlas por dos décadas y al cabo de esos veinte años volver a usar esa estrategia.

¿Que no es eso un daño a la sociedad en general y a los enfermos en particular?

Pasemos ahora a los derechos de autor. Para todas las personas existen dos tipos de derechos de autor: los morales y los patrimoniales. Para mí sólo existen los primeros. Es necesario y deseable, si pretendemos alimentar la filosofía y la historia de las ideas, que podamos trazar y determinar acertadamente cómo ha sido la evolución de las ideas, con inspiración y aportes de quiénes. No me voy a oponer a eso.

En cambio, los derechos patrimoniales de autor consisten en asignar dueños a las diferentes –e infinitas- parcelas del mundo del sentido. Se quiere cobrar por el acceso a la cultura y al conocimiento lo cual es una aberración del tamaño de un castillo. Esta impostura está impulsada por los dueños de las industrias culturales que se han arrogado el derecho de cobrar por el acceso a la cultura, al conocimiento.

Como keynesiano no puedo estar más en desacuerdo. El Estado debe velar por la gratuidad en el acceso al conocimiento, pues debe garantizar que todos sus ciudadanos, sin importar su extracción social, tengan las mismas oportunidades para crecer como personas, perseguir sus sueños y desarrollarse intelectualmente tanto como quieran. ¿Cómo se pretende que hagamos eso si hay que pagar? No sé ustedes, pero lo que soy yo, vine al mundo desnudo, sin un peso, y, de no haber sido por el azar de haber nacido en la familia en que lo hice, muchas de las cosas que hoy sé no las sabría y no las podría compartir con mis demás congéneres.

Si el Estado está en la obligación de garantizar el acceso gratuito a la educación y a la salud, ¿a qué se supone que juega cuando protege activa y positivamente los mal llamados derechos patrimoniales de autor?

Y es que ni siquiera son derechos patrimoniales de autor. Son derechos patrimoniales de las industrias culturales. Ellas se ven favorecidas por el cobro de estos derechos, en muchas ocasiones porque son ellas las titulares de esos derechos y no simplemente sus gestoras. Ese modelo de negocio está llamado a desaparecer. No se debe cobrar por acceder al conocimiento, premisa que se ve reforzada con la entrada en escena de Internet. Al parecer todo apunta a la desaparición del intermediario: las editoriales, las disqueras, las compañías audiovisuales, etc.

La propiedad privada nació como la extensión del privilegio del más fuerte, pero con el paso del tiempo ha ido adquiriendo una función social y se ha venido redistribuyendo como mecanismo de repartición de recursos, productos y servicios finitos, en un mundo finito. En ese hecho –el de que la Tierra es finita- se encuentra la imposibilidad del comunismo.

Ahí radica uno de los puntos que hacen de Internet una herramienta tan valiosa e invaluable. Hemos encontrado la forma de garantizar no sólo las libertades más básicas, como la libertad de expresión, sino que además es el mecanismo perfecto para garantizar el libre acceso a la cultura y al conocimiento. Se ahorran las cadenas productivas.

Supongo que la crítica neoliberal ante esta sugerencia será que se perderán puestos de trabajo. Por supuesto que se perderán. Así como se perdieron con la creación del ventilador, con la aparición de la producción en línea propuesta por Ford, con la aparición de la lavadora, con la Revolución Industrial y con la invención de la imprenta por parte de Gutenberg.

Si hubiera una manera de reproducir ad infinitum y por un costo ínfimo –con pagar la cuenta de la luz y la de Internet, poder duplicar- la comida, tendríamos en nuestras manos la fórmula para acabar con la hambruna en el planeta. Pues es lo mismo con Internet: tenemos la mejor herramienta, la llave maestra, la fórmula, que permite difundir el conocimiento y divulgar la cultura, lo que, bien encauzado, se traduce en eliminar el analfabetismo, luchar efectivamente contra la ignorancia, acercar a más personas que nunca a las ciencias y hacer de cada individuo un potencial investigador que pueda seguir contribuyendo con el desarrollo sostenible de la sociedad.

Pero resulta que no. ¡Hay que pagar! Si Sócrates reviviera, de inmediato pediría otro vaso de cicuta ante tamaño disparate. No obstante asistimos a su legitimación mediante lobby y Tratados de Libre Comercio. Por poner un ejemplo: el software. La última moda de los productos informáticos tiene dos variantes: o sólo se puede instalar una cantidad limitada de veces ó se registra el código del disco por Internet, lo que impide su reinstalación futura o la instalación por primera vez en otro equipo. Así, si uno corre con tan mala fortuna de tener un PC y este, como raro, se traba y necesita ser formateado, puede que uno se vea en la incómoda e injusta situación de tener que volver a comprar un software que ya había comprado y por el que ya había pagado.

¿Que no es eso generarle más daños al consumidor, al cliente?

Volviendo a la analogía con los alimentos: ¿cuántas veces están ustedes dispuestos a pagar por una zanahoria que sólo se van comer una vez? ¿Sólo una? ¿O pagarán el precio de la zanahoria una y otra vez, a medida que es masticada, que pasa por el esófago, que llega al estómago, que es disuelta por los jugos gástricos, cuando el organismo se favorece por la vitamina A, cuando se favorece por la niacina, cuando se favorece por la vitamina E, cuando se beneficia del potasio, cuando absorbe el fósforo, el magnesio, el yodo, el calcio, además cuando se mejora la visión por el ojo derecho y una última vez cuando se mejora la visión por el ojo izquierdo?
No. Por las obras, así como por los alimentos, se debe pagar una sola vez (siempre y cuando estemos hablando de objetos materiales –pues tienen un costo de fabricación- y no de obras en Internet).

Estos son los motivos por los que defiendo el libre y gratuito acceso a la cultura y al conocimiento y rechazo las iniciativas como la Ley Lleras. ¿Soy, al fin y al cabo, muy radical?

Los demás artículos de esta edición son:

Aspectos filosóficos del derecho de daños., por: Mario Fernando Parra Guzmán

Sistema judicial del tratamiento de las infracciones en el sistema procesal chileno., por: Andrés Eduardo Celedón Baeza

Reflexiones sobre el tratamiento internacional en la responsabilidad informática de los proveedores de servicios de internet., por: Iván Vargas Chaves

Some comments on the dangers of the hermeneutical approaches on the prohibition of retroactivity in the european system for the protection of human rights, consectetur adipiscing elit., por: Daniel Andrés Salamanca Pérez

Análisis del proyecto de ley, por medio del cual se regula la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y conexos en internet, mal llamado proyecto de ley lleras., por: Wilson Rafael Ríos Ruiz

y

Ley lleras o la cesión de la soberanía a las multinacionales de la IP., por Carlos Dionisio Aguirre y Javier José Pallero

Si no pudiste ir al Debate sobre el Estado Laico...

... podrías haberlo visto en los canales de Livestream y de UStream que lo transmitían en vivo y en directo.

El problema es que si tampoco disponías de dos horas para asistir virtualmente al primer debate sobre el Estado Laico, los administradores de esas cuentas no grabaron el panel de discusión.

En todo caso, no hay que temer. Yo grabé la sesión y queda aquí disponible para todos ustedes:


Duró dos horas y catorce minutos.

Participaron Patricia Linares, Ligia Galvis, Alberto Múnera y Ricardo Arias:

Primer Debate sobre el Estado Laico (Parte 1) by Daosorios



Me invitaron a un Nuevo Proyecto

Así es. Mi amigo, Iván Vargas, muy amablemente me ha extendido una invitación para participar en RedPaTodos.




Ese proyecto es una plataforma que en el marco del proyecto de ley conocido como Ley Lleras pretende generar
una discusión acerca de los Derechos de Autor y cómo deben ser apelados esos Derechos en la Red. Partiendo de hecho que la Red es completamente diferente a la vida real.

Ya presenté mis credenciales y puedo hacer artículos en la Wiki y estoy a la espera de que me confirmen la participación en el blog.

Por supuesto, seguiré alimentando De Avanzada como vengo haciéndolo.

jueves, 28 de abril de 2011

Pésima Bienvenida a la Feria del Libro

Se aproxima la fecha en que empieza la Feria del Libro y con ella van llegando los consejos de lectura en los periódicos.

En Vive In, de la Casa Editorial El Tiempo, empezaron con una mediocre publilista de libros supuestamente imperdibles para las mujeres:

1. Tentaciones Heladas / Círculo de Lectores

Aprenda a preparar, paso a paso, los mejores postres, como diferentes tipos de pies, mousses, helados, tortas heladas y pasteles de chocolate y otros sabores, para que se deleite cada día con una receta diferente en casa.

El libro también contiene datos curiosos acerca de las recetas y de sus ingredientes, así como un diccionario de términos culinarios, un glosario y una tabla de equivalencias, para que usted pueda convertirse en una experta en el tema y le dé gusto a su familia y amigos.

Círculo de Lectores $ 74.900

...

5. Recetas de mis amigas de Cecilia Faciolince de Abad

En este libro encontrará historias alrededor de la cocina, recetas de amigas y consejos prácticos para preparar diferentes platos de Colombia y otros países, con ingredientes fáciles de conseguir.

Esta no es la propuesta de una chef experta, sino la recopilación de una amante de la cocina casera que ha coleccionado recetas durante su vida, en las cocinas de sus amigas y en los viajes que hizo con su esposo Héctor Abad Gómez.

Presentación del libro: domingo 15 de mayo a las 11:00 a.m.
Grupo Santillana $ 45.000

Porque a los hombres no nos puede gustar cocinar ni mejorar nuestra habilidades culinarias. Es un oficio exclusivamente femenino.

Ahora viene la peor recomendación de todas:

6. Caminos para sanar de Ayda Luz Valencia

Las emociones y las energías tienen una gran influencia en nuestra salud, por lo que es necesario aprender a manejarlas con instrumentos que la naturaleza ha puesto a nuestra disposición, como cristales y plantas, así como con la meditación.

De este tema habla Ayda Luz Valencia, quien, con meditación y ejercicios espirituales basados en teoría y práctica, ayuda a encontrar sanación.

Intermedio Editores $ 40.900

No entiendo por qué este libro sería de interés exclusivo de las mujeres.

Por otra parte, no hay ningún estudio que pruebe, ni siquiera uno que sugiera que los cristales sirven como conductores las emociones, salvo que estemos hablando de destruir esculturales obras de cristal pertenecientes a pudientes damas. O cuando se usan cristales para cortarse las venas.

También me veo en la imperiosa necesidad de denunciar la irresponsabilidad ante la salud que presenta esta señora, apologista de la anticiencia. Las plantas, hasta que no se haya comprobado científicamente cuáles son sus efectos, no se deberían consumir.

Además, valga resaltar que no hay absolutamente el menor indicio de la existencia de eso que llaman las energías los charlatanes nueva era.

Lista de Consejos Cliché

Una de las cosas que más me molestan de los secretos para tener vidas más agradables y listas similares es que suelen ser recetas de comportamiento políticamente correcto. Como si todos fuéramos iguales y nos agradara lo mismo. Es una homogenización constante de las personas, desconociendo flagrantemente nuestra individualidad.

Resulta que El Tiempo ha publicado una lista de consejos y secretos para vivir mejor que realmente cae en las mismas frases de cajón y clichés propios de los gurús de autor-ayuda.

El artículo, escrito por la psicóloga Annie de Acevedo, cae en estos mismos tópicos:

- Siempre enfóquese en el dar y no tanto en el recibir. Trae más satisfacciones.
- Arriésguese a amar con el corazón. Pueden herirlo, pero, en realidad, es la única manera completa de vivir.

...

- Viva el presente, ya que el pasado quedó atrás y el futuro está por venir.
- Tenga como propósito mantener una atmósfera amorosa en su casa. Asegúrese de que el mensaje de amor llegue a sus hijos diariamente. Esto los ayuda a tener una mejor salud mental cuando crecen.
- Piense antes de hablar. De esta manera no ofende ni dice palabras impulsivas por las cuales tendrá que pedir excusas después.
- Aprenda a disfrutar de cosas sencillas: un atardecer, un buen libro, una amable compañía, un diálogo interesante. Esto nos vuelve la vida más amena.
- Y recuerde que no conseguir lo que quiere es algunas veces lo mejor que le puede pasar. Con el tiempo verá que esto es cierto.

Sin embargo, la autora va más allá y nos ofrece estas perlas de sabiduría motivacional:

- No juzgue a los demás para que no lo juzguen a usted. Aprenda a escuchar y entender otros puntos de vista. Es vital, sobre todo, en la vida con los hijos.

Mejor dicho: deshágase de sus facultades críticas. No se le ocurra castigar con el voto a los políticos corruptos. Es una licencia para faltar a la honestidad y no preocuparse por tener unos principios objetivos y bien razonados.

- Tampoco olvide agradecer todos los días por todo lo bueno que pasa en su vida.

¿Agradecer a quién? Creo que la respuesta es obvia después de leer el peor consejo de todos:

- Cuando no sepa qué hacer, rece. Se sorprenderá de cómo esto lo guiará para tomar decisiones acertadas.

Seguramente perder el tiempo le ayudará a acabar más rápido esos dos trabajos que tiene para el día siguiente y que no sabe por cuál empezar. Ahh, no. Mentiras. Eso se consigue haciendo todo lo contrario: aprovechando el tiempo.

¿Y para esto se requiere haber estudiado psicología? Porque Google puede hacerlo.

Esta señora es una vergüenza para todos los psicólogos que se respeten.

miércoles, 27 de abril de 2011

Rezando contra el Diluvio

El país está camino a convertirse en una laguna gigante. Las lluvias no paran y la pésima infraestructura, coleccionada a través de los años gracias a toda clase de gobiernos corruptos, no ayuda.

Uno pensaría que al ser el País del Sagrado Corazón de Jesús tendríamos cierta palanca en aquello del Diluvio...

Ante el desespero, los niños de Simijaca y Fúquene, Cundinamarca, le ruegan al dictador celestial que paren las precipitaciones:

Los niños que todos los días tienen que recorrer varios kilómetros para llegar hasta la Escuela La Estación, en zona rural del municipio de Simijaca, dicen que "rogamos a Dios para que cesen las lluvias y poder regresar a las viviendas", y recuperar la sonrisa que el invierno y la inclemencia de la naturaleza les arrebató.

Es triste ver esa especie de fascinación porque los niños pierdan el tiempo rogándole favores a seres mitológicos inexistentes.

martes, 26 de abril de 2011

¡¡Haz tu propia Pancarta Atea!!

Así es. En la Freedom From Religion Foundation (FFRF), han creado una página para que cada uno cree su propia pancarta atea:

El Procuradorcillo mentiroso

Todos sabemos que el antiProcurador, Alejandro Ordóñez, es un fundamentalista fanático religioso, un tinterillo con diploma, inepto para trazar o siquiera ver la gruesa línea que constituye la separación entre la Iglesia y el Estado.

Mónica Roa y Ariadna Tovar han hecho un espectacular trabajo publicando todas las faltas a la verdad que ha cometido el dichoso Ordóñez, la mayor vergüenza de los servidores públicos en toda la historia de Colombia:

Sartal de mentiras

Desde su posesión como Procurador General de la Nación en 2009, Alejandro Ordóñez Maldonado ha abusado de su función y de su poder para divulgar información tergiversada acerca de los derechos sexuales y reproductivos. Las mentiras del procurador no se reducen al ámbito jurídico, sino que incluyen temas científicos y económicos.

Debido a su posición como máxima autoridad y guardián de la ética pública, el Procurador deliberadamente ha generado confusión en la ciudadanía y ha creado miedo entre los servidores públicos mediante las siete mentiras que expondré a continuación; en cada caso transcribiré las citas textuales de la Procuraduría y las de aquellas fuentes que una por una las desmienten.

Mentira 1: La anticoncepción de emergencia (AE) o "píldora del día después" es abortiva

Mentira científica: "el levonorgestrel, principio activo de la AE, es abortivo", conceptuó la Procuraduría en una intervención en el marco de una acción popular.

Sin embargo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) dice que la Anticoncepción de Emergencia no provocará un aborto: "Se ha demostrado que las píldoras anticonceptivas de emergencia (PAE) que contienen levonorgestrel previenen la ovulación y que no tienen un efecto detectable sobre el endometrio (revestimiento interno del útero) o en los niveles de progesterona, cuando son administradas después de la ovulación. Las PAE no son eficaces una vez que el proceso de implantación se ha iniciado y no provocarán un aborto" (énfasis añadido).

Así mismo, el Instituto de Medicina Legal descarta la calidad abortiva de la AE: "...el concepto del Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el sentido de que " el Levonorgestrel no causa ningún daño directo al embrión humano", (...) de paso descartan la calidad de abortivo que le atribuye el actor".

Mentira jurídica: "de acuerdo con nuestro ordenamiento, el derecho a la vida empieza en la concepción"indicó la Procuraduría en una intervención frente a una acción popular (énfasis añadido).

Sin embargo, la Corte Constitucional en la sentencia C-355/06 indica que si bien el fenómeno de la vida humana comienza en la concepción, el derecho a la vida sólo se reconoce desde el momento del nacimiento: "Ahora bien, dentro del ordenamiento constitucional la vida tiene diferentes tratamientos normativos, pudiendo distinguirse el derecho a la vida consagrado en el artículo 11, de la vida misma como bien jurídico protegido por la Constitución. El derecho a la vida supone la titularidad para su ejercicio y dicha titularidad, como la de todos los derechos, está restringida a la persona humana, mientras que la protección de la vida se predica incluso respecto de quienes no han alcanzado esta condición".

Mentira científica: "la AE representa un riesgo grave, absoluto e inminente para el derecho a la vida" (intervención de la Procuraduría en acción popular)

La OMS asegura que el uso repetido de la AE no conlleva riesgos para la salud.

Así mismo, el Consejo de Estado aseguró que: "...el concepto del Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el sentido de que "el Levonorgestrel no causa ningún daño directo al embrión humano" (énfasis añadido).

Mentira 2: La Corte obliga al Estado a promover el aborto en forma masiva

Mentira jurídica: "La Corte ordenó poner en movimiento "campañas masivas de promoción" del aborto", indicó la Procuraduría en un comunicado de prensa fechado en octubre de 2009.

Sin embargo, la Corte Constitucional en su sentencia T-388/09 ordenó llevar a cabo campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos, haciendo énfasis en temas como la educación sexual, los anticonceptivos, la violencia sexual, la anticoncepción de emergencia, el viagra, el VIH-SIDA, las infecciones de transmisión sexual y el aborto en los casos de la C-355: "ORDENAR al Ministerio de la Protección Social, así como al Ministerio de Educación Nacional, a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que de manera pronta, constante e insistente diseñen y pongan en movimiento campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos que contribuyan a asegurar a las mujeres en todo el territorio nacional el libre y efectivo ejercicio de estos derechos y, en tal sentido, el conocimiento de lo dispuesto en la sentencia C-355 de 2006 así como lo desarrollado en la presente providencia" (énfasis añadido).

Mentira 3: El aborto no es un derecho y los funcionarios no están obligados a remover las barreras de acceso

Mentira jurídica: "La Corte sólo despenalizó el aborto en ciertas circunstancias, pero no lo convirtió en derecho", dijo la Procuraduría en una
carta enviada a la Superintendencia de Salud.

Sin embargo, la Corte Constitucional en su sentencia T-585/10 dijo: "Resulta innegable que, a partir de la sentencia C-355 de 2006, surgió en Colombia un verdadero derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en cabeza de las mujeres que se encuentran incursas en las tres hipótesis despenalizadas".

Mentira jurídica: "la Superintendencia Nacional de Salud no tiene la obligación de promover el goce y remover las barreras del acceso al aborto", dijo la Procuraduría en la misma carta enviada a la Superintendencia de Salud.

Pero la Corte Constitucional en su sentencia T-209/08 dice que la Superintendencia debe investigar y sancionar a las empresas promotoras e instituciones prestadoras de salud (EPS e IPS) que se nieguen a prestar el servicio: "De conformidad con lo establecido en las aludidas disposiciones, la Sala informará a la Superintendencia de Salud y al Ministerio de la Protección Social, sobre los hechos acaecidos en esta tutela, para lo cual se les enviará copia de la actuación, para que investiguen y, si es del caso, sancionen las posibles faltas en que pudo incurrir en este caso Coomeva EPS, y las entidades de salud con las cuales tenía contrato para la prestación de servicios de salud a sus afiliados que se negaron a practicar el procedimiento de IVE (interrupción voluntaria del embarazo)".

La misma Corte Constitucional, a través de la sentencia T-388/09 pidió que la Superintendencia "adopte las medidas indispensables con el fin de que las EPS e IPS - independientemente de si son públicas o privadas, laicas o confesionales- cuenten con las personas profesionales de la medicina y el personal idóneo y suficiente para atender el servicio de interrupción voluntaria del embarazo bajo los supuestos previstos en la sentencia C-355 de 2006, sin incurrir en exigencias adicionales inadmisibles" (énfasis añadido).

Mentira jurídica: "la suspensión del Decreto 4444 afecta la vigencia de la sentencia C-355/06", dijo la Procuraduría en la misma carta enviada a la Superintendencia de Salud.

Pero la Corte Constitucional en su Auto 327/10 indicó a la Superintendencia "que la Circular Externa 058 de 2009 puede servir de fundamento para adelantar investigaciones administrativas a las EPS o IPS públicas o privadas que la incumplan y de esta forma prevenir que la suspensión provisional del decreto 4444 de 2006 se convierta en un obstáculo para que las mujeres accedan a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de seguridad y calidad" (énfasis añadido).

Mentira 4: La suspensión del Decreto 4444 suspende las reglas constitucionales sobre objeción de conciencia

Mentira jurídica: "Mientras el Consejo de Estado no resuelva la demanda sobre el D. 4444, ninguna autoridad judicial o administrativa puede restringir la objeción de conciencia" (u objeción que el profesional de la salud puede utilizar para negarse a practicar el aborto), dice la Circular 029/10 de la Procuraduría.

Sin embargo, la Corte Constitucional en su Auto 327/10 requiere a "la Procuraduría General de la Nación para que cumpla de inmediato con el numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia T-388 de 2009 con estricta observancia de la jurisprudencia constitucional sobre objeción de conciencia en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo" (énfasis añadido).

Mentira jurídica: "el derecho a la objeción de conciencia no está reglamentado ni protegido", asegura la Procuraduría en su Informe de Vigilancia a la sentencia C-355/06.

A través de la sentencia T-388/09 la Corte constitucional formuló varias reglas para el debido ejercicio de la objeción de conciencia frente a la prestación del servicio de IVE, de modo que se respeten tanto los derechos de los objetores como los de las mujeres que requieren esta intervención:

"En conclusión, lo establecido respecto del ejercicio de la objeción de conciencia implica lo siguiente:

(i) La objeción de conciencia es un derecho constitucional fundamental que ... no puede ejercerse de manera absoluta.

(ii) El ejercicio del derecho constitucional fundamental a la objeción de conciencia recibe en la esfera privada por la vía de lo dispuesto en el artículo 18 Superior una muy extensa protección que solo puede verse limitada en el evento en que su puesta en práctica interfiera con el ejercicio de derechos de terceras personas.

(iii) Sólo el personal médico cuya función implique la participación directa en la intervención conducente a interrumpir el embarazo puede manifestar objeción de conciencia; contrario sensu, ésta es una posibilidad inexistente para el personal administrativo, el personal médico que realice únicamente labores preparatorias y el personal médico que participe en la fase de recuperación de la paciente.

(iv) La objeción de conciencia se debe manifestar por escrito y debe contener las razones que impiden al funcionario llevar a cabo la interrupción del embarazo.

(v) En lo relativo a la práctica del aborto inducido, la Corporación mediante la sentencia C-355 de 2006 destacó la necesidad de asegurar que el ejercicio prima facie admisible de la objeción de conciencia de personas profesionales de la medicina que obran como prestadores directos del servicio, pudiera restringirse cuando su ejercicio trae como consecuencia imponer una carga desproporcionada a las mujeres que colocadas bajo las hipótesis establecidas en la mencionada sentencia optan por la interrupción del embarazo.

(vi) En cuanto es manifestación de íntimas e irrenunciables convicciones morales, filosóficas o religiosas, la objeción de conciencia es un derecho de cuya titularidad se encuentran excluidas las personas jurídicas.

(vii) Las personas que ostentan voluntariamente la calidad de autoridades judiciales no pueden excusarse en la objeción de conciencia para dejar de cumplir una norma que ha sido adoptada en armonía con los preceptos constitucionales y que goza, en consecuencia, de legitimidad y validez ...

La objeción de conciencia resulta, pues, en este entorno inadmisible, por cuanto se traduce en una denegación injustificada de justicia y se liga con una seria, arbitraria y desproporcionada restricción de derechos constitucionales fundamentales...".

Mentira 5: El derecho internacional de los derechos humanos prohíbe el aborto y protege la vida de manera absoluta

Mentira jurídica: "Hay un imperativo internacional que obliga a proteger el derecho a la vida de manera absoluta", dice la Procuraduría en un Comunicado de prensa del 25 de Marzo de 2011.

Sin embargo, el Comité de Derechos Humanos de la ONU (CCPR/C/COL/CO/6) felicita al Estado colombiano por haber despenalizado el aborto en ciertas circunstancias y llama la atención por la oposición del Procurador a su cumplimiento:

"El Comité felicita al Estado Parte por haber avanzado en la implementación de la recomendación anterior emitida del Comité en 2004 (CCPR/CO/80/COL, para. 13) a través de la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional que despenalizó del aborto en ciertas circunstancias; cuando la mujer haya sido víctima de una violación o incesto, cuando el embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer y cuando el feto presenta graves malformaciones que hacen inviable su vida fuera del útero.

Sin embargo, le preocupa al Comité que, a pesar del Decreto 4444 de 2006 del Ministerio de Salud, proveedores de servicios de salud se niegan a proporcionar abortos legales y que el Procurador General de la Nación no apoya la aplicación de la sentencia de la Corte Constitucional en esta materia.

Asimismo, al Comité le preocupa que la insuficiente educación sexual en el curriculum escolar, y de información pública sobre como acceder a un aborto legal, siguen causando la pérdida de la vida para mujeres que han recurrido a abortos inseguros (Artículos 3, 6 y 26).

El Estado-parte debe asegurar que proveedores de salud y profesionales médicos actúen en conformidad con la sentencia de la Corte y no se nieguen a proporcionar abortos legales.

Asimismo, el Estado parte debe tomar medidas para ayudar a las mujeres a evitar embarazos no deseados, para que no tengan que recurrir a abortos ilegales o inseguros que puedan poner en riesgo su vida. El Estado parte debe facilitar el acceso a información pública sobre cómo acceder a un aborto legal (énfasis añadido)".

Mentira jurídica: "La Convención de los Derechos del Niño protege el derecho a la vida desde antes del nacimiento", dice la Procuraduría en su Comunicado de prensa del 25 de Marzo de 2011.

El Comité que vigila la Convención de los Derechos del Niño (CRC/C/COL/CO/3) felicita al Estado colombiano por la despenalización parcial del aborto.

Mentira jurídica: "La Convención Americana de Derechos Humanos protege de manera absoluta el derecho a la vida desde la concepción" (Comunicado de prensa del 25 de Marzo de 2011).

Cecilia Medina (ex juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) ha dicho que aunque originalmente se propuso proteger el derecho a la vida desde la concepción de manera absoluta, la misma Comisión Interamericana sugirió incluir la expresión "en general" para que se permitiera el aborto en ciertos casos.

Mentira 6: No hay razones científicas ni de salud pública que justifiquen la inclusión del misoprostol en el Plan Obligatorio de Salud (POS)


Mentira jurídica: "El INVIMA (Instituto Nacional de Medicamentos y Alimentos) no ha aprobado el uso del misoprostol para los casos de aborto de la C-355/06", asegura la Procuraduría en una carta al Ministro de Protección Social.

Pero el Acta 20/07 del INVIMA indica que el misoprostol podrá ser empleado para las circunstancias de la sentencia C-355/06.

Mentira científica: en carta enviada al Ministro de Protección Social, la Procuraduría presenta una posición de la OMS como negativa a la efectividad y seguridad del misoprostol.

Pero la OMS ha aclarado en su documento WHO/RHR/10.11 que las dudas se refieren específicamente al uso del misoprostol en la prevención de la hemorragia puerperal. No hay duda en los usos de interrupción del embarazo, aborto retenido espontáneo, ni inducción al trabajo de parto.

[U1] Mentira económica: en su carta al Ministro de Protección Social, la Procuraduría llama la atención sobre los posibles daños al presupuesto público que implicaría la inclusión del misoprostol en el POS.

Los estudios técnicos de la Comisión de Regulación en Salud (CRES) registrados en el Acuerdo 20 de 2010 prueban que el misoprostol tiene un impacto neutro de costo sobre el sistema de salud.

Mentira jurídica: en la carta enviada al Ministro de Protección Social, la Procuraduría pide que la información relacionada con la inclusión del misoprostol en el POS sea manejada con reserva y prudencia.

La Ley 57/85 y la sentencia T-157/10 de la Corte Constitucional indican que la información que manejan las entidades estatales es pública a menos que haya sido declarada como reservada mediante una ley.

Mentira 7: La Procuraduría trabaja por el cumplimiento de la sentencia C-355 y defiende los derechos humanos

Como lo demuestran los siguientes pronunciamientos, el Procurador no vela por el cumplimiento de la sentencia C-355/06, sino que intimida a los funcionarios públicos para evitar que ellos la cumplan.

Circular 029 de 2010 dirigida a los funcionarios de la Procuraduría: "como el Decreto 4444 está suspendido, ninguna autoridad puede restringir el uso de la objeción de conciencia, so pena de incurrir en causal de mala conducta. Esto, a pesar de que el ejercicio de la misma tiene regulación constitucional directa".

A la Superintendencia y direcciones territoriales de salud (Circular 029/10): "ordena requerirlas periódicamente para que impartan directrices con el fin de que garanticen los derechos fundamentales de los no nacidos".

A la Superintendencia Nacional de Salud la "invita" a considerar que "como el Decreto 4444 está suspendido, ninguna autoridad puede restringir el uso de la objeción de conciencia, so pena de incurrir en causal de mala conducta. Lo anterior, a pesar de que este derecho tiene reglas de ejercicio constitucional" (Carta de la Procuraduría a la Superintendencia de Salud).

A la Superintendencia Nacional de Salud le solicita que "justifique el fundamento legal de una circular que fue expedida con base en la jurisprudencia constitucional" (Carta de la Procuraduría a la Superintendencia de Salud) [41].
A la alcaldía de Medellín, frente al tema de la Clínica de la Mujer, la presionó para que no prestaran el servicio de IVE, a pesar de ser su obligación (Revista Semana, "(Al ataque").

Al Ministerio de Protección Social le advierte que "puede incurrir en faltas disciplinarias y penales, por solicitar la inclusión del misoprostol en el POS" (Carta de la Procuraduría al Ministro de Protección Social).

No puedo más que renovar mi admiración por Mónica Roa y su compañera Ariadna Tovar, a quienes felicito por su concienzudo trabajo.

Este esfuerzo y dedicación de Mónica Roa me reafirman en que es la mujer colombiana por la que más admiración siento.

¡¡Ohh, no!! Me han descifrado

Al parecer soy conservador, viejo y casero, pues resulta que alimento mi blog desde mi PC.

Y una encuesta apunta que los usuarios de Mac tienden a ser más liberales, jóvenes y rumberos.

Los usuarios de Mac son más jóvenes, vegetarianos y rumberos que los de PC. Por su parte, los de PC creen que su compañía es la responsable de la adopción de computadores, prefieren las películas de Hollywood y les gustaría más andar en una Harley que en una motocicleta Vespa.

Por supuesto, se refieren a mí. Ahí estoy retratado. ¿A quién le gustan las Vespas, en todo caso?

Hasta en los gustos artísticos hay diferencias notables. El 21% de PC prefiere el arte impresionista, algo que no llama mucho la atención en quienes usan Mac, que se inclinan más por el diseño y obras de arte modernas. Y por supuesto, no puede faltar la rumba dentro de los Mac. Un 50% de ellos se inclinan por las fiestas en contraste del 21% de los PC que lo hacen.

Mmm, ahora tengo cargo de conciencia. Para serle fiel a mi PC, dejaré de salir.

El 52% de los Mac indicó que prefiere vivir en las ciudades, mientras el 18% de usuarios de PC se siente más a gusto en los barrios retirados de las ciudades y un 21% prefiere vivir en zonas rurales.

Me va a tocar mudarme. O mejor, me compro un Mac.

lunes, 25 de abril de 2011

Otra vez los conservadores contra el aborto

Los conservadores tienen la característica de obedecer en todo a la Iglesia Católica, y ahora buscan negarle los derechos a las mujeres.

Ellos pretenden que la vida empieza con la concepción y por eso quieren cambiar la Constitución para prohibir el aborto en cualquier circunstancia:

El presidente del Partido Conservador, senador José Darío Salazar, gestiona la iniciativa del proyecto que reformaría el artículo 11 de la Constitución Nacional.

"El derecho a la vida es inviolable y recibirá igual protección desde la fecundación hasta la muerte natural". Así quedaría el decreto de la Constitución Nacional respecto al aborto, según la pretensión de la bancada conservadora en el Congreso que mediante un proyecto de ley pretende volver a penalizar el aborto.

"Es un proyecto que va en defensa de la vida", dijo el senador José Darío Salazar en RCN La Radio De La Noche al tiempo que pidió "sensatez" a los colombianos que opinen al respecto".

Hay que ser muy caradura para pedir sensatez cuando se busca institucionalizar la desigualdad de la mujer y desconocerle sus derechos basados en la ignorancia de la biología. Aunque... son creyentes ¿qué más se puede esperar sino que cumplan con la anticientífica agenda impuesta por sus dueños?

Todo con tal que sigan llegando niños al mundo para que los sacerdotes los puedan seguir violando, ¿ehh?